Asiento de contratación de derivados financieros a largo plazo

Asiento de contratación de derivados financieros a largo plazo

DebeHaber
Valor razonableActivos por derivados financieros a L/P (255)
GastosOtros gastos financieros (669)
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572)Valor razonable + Gastos

Notas sobre Derivados Financieros a Largo Plazo.


    El asiento presentado muestra el pago a través de la cuenta corriente de la empresa de la contratación de un determinado derivado financiero. En primer lugar comentar que un derivado financiero es un instrumento financiero que cumple estas características:
  1. Su valor cambia en respuesta a cambios en otras variables como pueden ser, tipos de interés, tipos de cambio, precios de instrumentos financieros, etc.

  2. No requiere una inversión inicial (solamente una garantía) o bien requiere una inversión inferior a la que requieren otro tipo de contratos en los que se podría esperar una respuesta similar ante cambios en las condiciones de mercado.

  3. Se liquida en una fecha futura.
    En particular, se recogerán en esta cuenta las primas pagadas en operaciones con opciones, así como, con carácter general, las variaciones en el valor razonable de los activos por derivados financieros con los que opere la empresa: opciones, futuros, permutas financieras, compraventa a plazo de moneda extranjera, etc.

    Los distintos activos financieros pueden ser clasificados en las distintas categorías que permite el Plan General Contable Pyme, pero los activos por derivados financieros, por sus propias características están incluidos y por la mención explícita que realiza la Norma de Valoración 8ª deben ser clasificados como ACTIVOS FINANCIEROS MANTENIDOS PARA NEGOCIAR. Recordemos que según la mencionada norma, un activo financiero se mantiene para negociar cuando:
  1. Se origine o adquiera con el propósito de venderlo en el corto plazo (por ejemplo, valores representativos de deuda, cualquiera que sea su plazo de vencimiento, o instrumentos de patrimonio, cotizados, que se adquieren para venderlos en el corto plazo).

  2. Forme parte de una cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente de la que existan evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias en el corto plazo.

  3. Sea un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura (la propia norma de valoración del PGCPymes establece lo que se entiende por contrato de garantía financiera).
    También le resultará muy interesante conocer que información habremos de incluir obligatoriamente en la memoria al respecto de este tipo de activos financieros.

    El importe a imputar en la cuenta de activos presentada vendrá dado, de acuerdo a la norma de valoración mencionada, por:
  1. VALORACIÓN INICIAL. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

  2. VALORACIONES POSTERIORES. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.
    De esta forma de valorar los activos, se deduce la utilización de la cuenta (669) Otros Gastos Financieros para recoger los costes de la contratación de los mismos. Los cambios que se vayan produciendo en el valor razonable de este tipo de activos habrán de contabilizarse de la forma:
  • Por las ganancias generadas:

XXXActivos por derivados financieros a largo plazo (255)
Beneficios de cartera de negociación (7630) XXX

  • Por las pérdidas generadas: (con el límite del importe del derivado)

XXXPérdidas de cartera de negociación (6630)
Activos por derivados financieros a largo plazo (255) XXX


ANEXOS
669255

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