Asiento de depósitos recibidos a largo plazo
- VALORACIÓN INICIAL. Los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valorarán inicialmente a coste, que será el valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. No obstante, estos últimos, así como las comisiones financieras que se carguen a la empresa cuando se originen las deudas con terceros, podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial. Este último párrafo resultará muy significativo, pues cuando se imputen estos gastos iniciales en la cuenta de pérdidas y ganancias, y si no se producen gastos posteriores, el coste amortizado no traerá problemas de cálculos para la empresa, pues el tipo de interés nominal de la operación coincidirá con el tipo de interés efectivo que establece la norma.
- VALORACIONES POSTERIORES. Los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.
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