Asiento de ejercitar opción de compra del contrato de lease-back
Notas sobre el ejercicio de la Opción de Compra en el Lease-Back.
El ejercicio de la opción de compra en LEASE-BACK se contabiliza igual que en el arrendamiento financiero (leasing). Así se muestra en el asiento presentado. Normalmente la opción de compra no suele llevar intereses acompañándola, de ahí que no aparezca la cuenta (662) Intereses de deudas.Ejemplo
Solución
- El asiento del ejercicio de la opción de compra sería:
Régimen Fiscal del Leasing.
Las cuotas del arrendamiento financiero deben descomponerse en tres partes diferenciadas:- Parte que corresponde a la recuperación del coste del bien excluyendo el valor de la opción de compra. Para los bienes inmuebles y análogos la cuota debe descomponerse en la parte amortizable y la no amortizable (parte del terreno).
- Parte correspondiente a los intereses pagados por esta operación.
- IVA correspondiente.
- Los intereses pagados a la entidad arrendataria.
- La parte de la cuota correspondiente a la recuperación del coste del bien (siempre que el bien sea amortizable). Esta deducción tiene una limitación que será el doble de la amortización lineal según tablas y el triple (2 por 1.5) para las PYMES.
- El exceso sobrante derivado de la aplicación de este límite será deducible en los períodos impositivos sucesivos, respetando igual límite.
Siguiente: Asiento de renting con opción de compra punto de vista del arrendador (ejemplo vehículo)
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.