Asiento de los rendimientos positivos por la posesión de Participaciones en FIAMM a Largo plazo
Debe | Haber | |
Mismo importe | Participaciones en FIAMM a L/P (2518) | |
Ingresos de participaciones en FIAMM (7618) | Valoración positiva |
El rendimiento producido por las participaciones en los FIAMM, se determinará por la diferencia existente entre el valor liquidativo en la fecha de enajenación o cierre de ejercicio y el valor contable de la misma. En el caso de que dicho rendimiento fuera positivo, se contabilizará como ingreso financiero, incrementando el valor contable de la participación.
- Fondos acumulativos: Este tipo de fondos tiene la principal característica de que no reparten dividendo alguno a sus partícipes, sino que éste lo van acumulando en el propio fondo haciendo subir su valor liquidativo. No obstante, este valor no tiene por qué reflejar dicho incremento ya que éste dependerá también de otros factores como la cotización/valoración de los activos en los que invierte. Este hecho presenta la ventaja de diferir el pago de impuestos, ya que no se deberá tributar por la ganancia (en su caso) hasta el momento de la venta (o valoración posterior positiva) de las participaciones del mismo; motivo éste por el que su uso es mayoritario entre los inversores. Por tanto, a nivel contable, este tipo de fondos va a presentar durante su vida rendimientos económicos positivos, como el caso planteado, o negativos únicamente por valoración, no presentando así, rendimientos por resultados distribuidos.
- Fondos de reparto o de distribución: Son los que no acumulan los dividendos/rendimientos recibidos de las acciones/valores donde invierten, repartiendo éstos a sus partícipes con cierta periodicidad y cuya contabilización se describe en la opción "Resultados distribuidos" de nuestra aplicación.
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