Asiento de venta de valores de renta fija a C/P de empresas asociadas valoradas a coste amortizado con precio de venta menor que su valor contable
Debe | Haber | |
Total operación | Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572) | |
Resto | Pérdidas participaciones y valores representativos de deuda (666) | |
Valores representativos deuda C/P empresas asociadas (5314) | Valor registrado |
Notas sobre la Valoración de Títulos "a Coste Amortizado".
Las inversiones en valores respresentativos de deuda (obligaciones, bonos, títulos de renta fija en definitiva) deben clasificarse dentro del grupo de "ACTIVOS FINANCIEROS A COSTE AMORTIZADO", siempre y cuando no sean clasificados como activos financieros mantenidos para negociar, que no es nuestro caso por las características escogidas.Recuerde que:
La clasificación y valoración de este tipo de activos tendrá que constar en la memoria de las cuentas anuales. Le resultará muy interesante conocer qué información habremos de incluir obligatoriamente en la memoria al respecto.- VALORACIÓN INICIAL. Los activos financieros incluidos en esta categoría se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción más los costes que les sean directamente atribuibles; no obstante, estos últimos podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial.
- VALORACIONES POSTERIORES. Los activos financieros incluidos en esta categoría se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo.
Nota sobre el Resultado de la Operación.
En la operación de venta podemos obtener beneficios, pérdidas o bien ni beneficios ni pérdidas. En el caso presente de obtener Pérdidas las incluiremos el DEBE del asiento inicial en la cuenta Pérdidas en participaciones y valores representativos de deuda (666)Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.