ENTREGAS INTRACOMUNITARIAS DE SERVICIOS. INGRESOS POR PUBLICIDAD DE GOOGLE
- Determinar el registro contable correspondiente a las operaciones intracomunitarias señaladas.
- Cumplimentar el modelo 303 del impuesto conociendo además los siguientes datos del trimestre (cantidades sin IVA incluido: bases):
- Facturación en régimen general (tipo 21%): 78.000 Euros.
- Facturación entrega de bienes a Canarias: 10.000 Euros
- Facturación en recargo de equivalencia (tipo 5,20%): 5.000 Euros.
- Facturación en régimen general (tipo 10%): 1.600 Euros.
- Facturación en recargo de equivalencia (tipo 1%): 100 Euros.
- Facturas rectificativas en régimen general (21%): 2.600 Euros.
- Facturas recibidas con IVA soportado deducible (21%) bienes corrientes: 46.000 Euros.
- Facturas recibidas con IVA soportado deducible (10%) bienes corrientes: 1.100 Euros.
- Factura de compra de una máquina (21%): 6.000 Euros.
Solución:
Google Adsense nos muestra durante el mes una estimación de los ingresos del mes, mientras que para ver los ingresos finales en el historial de pagos debemos esperar al día 3 del mes siguiente. El pago por su parte se emite a partir del día 21 y dependiendo de la forma de pago seleccionada puede tardar hasta un mes en hacerse efectiva. En este caso práctico vamos a suponer que la transferencia bancaria nos llega a los siete días. Por otra parte, como Google reside en un país miembro de la Unión Europea (Irlanda) y por tanto estamos ante una prestación intracomunitaria de servicios, no debemos registrar IVA en la operación pues se produce la inversión del sujeto pasivo, es decir, será Google quien se haga cargo de la imposición de la adquisición intracomunitaria de servicios que realiza. Teniendo esto presente, el registro contable de los ingresos recibidos por Google Adsense vendría dado de la siguiente forma:- 03.05.20X1, realizamos el asiento por los ingresos de Abril:
- 28.05.20X1, cuando recibimos el pago de los ingresos de Abril cancelamos la cuenta de deudores:
- 03.06.20X1, realizamos el asiento por los ingresos de Mayo:
- 28.06.20X1, cuando recibimos el pago de los ingresos de Mayo cancelamos la cuenta de deudores:
- 03.07.20X1, realizamos el asiento por los ingresos de Junio:
- 28.07.20X1, cuando recibimos el pago de los ingresos de Junio cancelamos la cuenta de deudores:
Modelo 303 de Liquidación del IVA.
| |||||||
RÉGIMEN GENERAL | |||||||
IVA devengado | Base Imponible | Tipo % | Cuota | ||||
Régimen General | 01 |
| 02 |
| 03 |
| |
04 | 1.600,00 | 05 | 10,00 | 06 | 160,00 | ||
07 | 78.000,00 | 08 | 21,00 | 09 | 16.380,00 | ||
Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios | 10 |
| 11 | ||||
Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq. intrac.) | 12 | 13 | |||||
Modificación bases y cuotas | 14 | - 2.600,00 | 15 | - 546,00 | |||
Recargo equivalencia | 16 |
| 17 |
| 18 |
| |
19 | 100,00 | 20 | 1,00 | 21 | 1,00 | ||
22 | 5.000,00 | 23 | 5,20 | 24 | 260,00 | ||
Modificaciones bases y cuotas del recargo de equivalencia | 25 |
|
| 26 |
| ||
Total cuota devengada ((03)+(06)+(09)+(11)+(13)+(15)+(18)+(21)+(24)+(26)) | 27 | 16.255,00 | |||||
|
|
|
|
|
|
|
|
IVA deducible | Base Imponible | Cuota | |||||
Por cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes | 28 | 47.100,00 | 29 | 9.770,00 | |||
Por cuotas soportadas en op. interiores con bienes de inversión | 30 | 6.000,00 | 31 | 1.260,00 | |||
Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes | 32 |
| 33 |
| |||
Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes de inversión | 34 |
| 35 |
| |||
En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes | 36 | 37 | |||||
En adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión | 38 |
| 39 |
| |||
Rectificación de deducciones | 40 |
| 41 |
| |||
Compensaciones Régimen Especial A.G.y P. | 42 |
| |||||
Regularización bienes de inversión | 43 |
| |||||
Regularización por aplicación del porcentaje definitivo de prorrata | 44 |
| |||||
Total a deducir ((29)+(31)+(33)+(35)+(37)+(39)+(41)+(42)+(43)+(44) | 45 | 11.030,00 | |||||
| |||||||
Resultado régimen general ((27) - (45)) | 46 | 5.225,00 |
| ||||||||||
Información adicional | ||||||||||
Entregas intracomunitarias de bienes y servicios | 59 | 450,00 | ||||||||
Exportaciones y operaciones asimiladas | 60 | 10.000,00 | ||||||||
Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto incluidas en casilla 123) | 120 | |||||||||
Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo | 122 | |||||||||
Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los régimenes especiales de ventanilla única | 123 | |||||||||
Operaciones sujetas y acogidas a los régimenes especiales de ventanilla única | 124 | |||||||||
Exclusivamente para aquellos sujetos pasivos acogidos al régimen especial del criterio de caja y para aquéllos que sean destinatarios de operaciones afectadas por el mismo: | ||||||||||
| Base Imponible | Cuota | ||||||||
Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que habiéndoles sido aplicado el régimen especial del criterio de caja hubieran resultado devengadas conforme a la regla general de devengo contenida en el art. 75 LIVA | 62 |
| 63 |
| ||||||
| Base Imponible | Cuota Soportada | ||||||||
Importes de las adquisiciones de bienes y servicios a las que sea de aplicación o afecte el régimen especial del criterio de caja | 74 |
| 75 |
| ||||||
Resultado | ||||||||||
Regularización cuotas art. 80.Cinco.5º LIVA | 76 |
| ||||||||
Suma de resultados ((46)+(58)+(76)) | 64 | 5.225,00 | ||||||||
Atribuible a la Administración del Estado | 65 | 100% | 66 | 5.225,00 | ||||||
IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso | 77 |
| ||||||||
Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores | 110 | |||||||||
Cuotas a compensar de periodos previos aplicadas en este período | 78 | |||||||||
Cuotas a compensar de periodos previos para periodos posteriores ((110) - (78)) | 87 | |||||||||
Exclusivamente para sujetos pasivos que tributan conjuntamente a la Administración del Estado y a las Diputaciones Forales. Resultado de la regularización anual. | Resultado ((66)+(77)-(67)+(68)) | 69 | 5.225,00 | |||||||
A deducir (exclusivamente en caso de autoliquidación complementaria): Resultado de la anterior o anteriores declaraciones del mismo concepto, ejercicio y periodo | 70 |
| ||||||||
68 |
| Euros | Resultado de la liquidación ((69)-(70)) | 71 | 5.225,00 | |||||
| ||||||||||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Comentarios
Entregas Intracomunitarias de servicios a empresas y profesionales.Entregas Intracomunitarias de servicios a particulares.Casos Prácticos
Caso Práctico Adquisiciones Intracomunitarias de Servicios. Gastos por publicidad de Google. Modelo 303Asientos Contables
Asiento de Entregas intracomunitarias de bienes.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.