Definición de controladora / dominante

Glosario de términos contables

CONTROLADORA (ENTIDAD DOMINANTE)



    Se considera entidad dominante aquella que cumple los siguientes requisitos:
  1. Que tenga personalidad jurídica propia. Los establecimientos permanentes ubicados en el territorio de aplicación del impuesto pueden tener también la condición de entidad dominante.

  2. Que tenga una participación, directa o indirecta, de al menos el 50% del capital de otra u otras entidades.

  3. Que tenga el control efectivo sobre las entidades del grupo, a través de una participación, directa o indirecta, de más del 50% en el capital o en los derechos de voto de las mismas.

  4. Que dicha participación se mantenga durante todo el año natural.

  5. Que no sea dependiente de ninguna otra entidad establecida en el territorio de aplicación del Impuesto que reúna los requisitos para ser considerada como dominante.

Comentarios



Empresa dominante. Consolidación fiscal.


Siguiente: Definición de control conjunto

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos