Definición y clasificación de fondos de inversión

Glosario de términos contables

FONDOS DE INVERSIÓN



    Un fondo de inversión, también conocido como instituciones de inversión colectiva (IIC), es un vehículo de inversión que aglutina el dinero de multitud de inversores para invertirlo de manera conjunta con el propósito de poder acceder a mejores oportunidades de inversión que si se realizara de manera individual, la cual, condicionada por su importe, no podría acceder a éstas.

    Entre las ventajas que proporcionan estas inversiones "colectivas" frente a una realizada de manera individual destacaremos:
  1. Aumento la diversificación, ya que al acumular dinero de muchos inversores pueden acceder a más mercados.

  2. Acceso a mercados nacionales o internacionales.

  3. Gestión profesional.

  4. Eficiencia.

  5. Ventajas fiscales.

  6. Amplio abanico de posibilidades.

  7. Tiene una estricta regulación en aras de proteger a los partícicipes o inversores.
    
En relación con su tratamiento contable, diremos que la valoración de un fondo de inversión, que por normativa propia es diaria, va a depender tanto de la cotización/valoración de los activos/acciones en las que invierte así como de los dividendos que reciba de éstos. De la política utilizada con estos dividendos recibidos por los fondos de inversión, surge una primera clasificación de éstos, siendo:
  1. Fondos acumulativos: Tienen la principal característica de que no reparten dividendo alguno a sus partícipes, sino que éste lo van acumulando en el propio fondo haciendo subir su valor liquidativo. No obstante, este valor no tiene por qué reflejar dicho incremento ya que éste dependerá también de otros factores como la cotización/valoración de los activos en los que invierte. Este hecho presenta la ventaja de diferir el pago de impuestos, ya que no se deberá tributar por la ganancia (en su caso) hasta el momento de la venta de las participaciones del mismo.

    Por tanto, a nivel contable, este tipo de fondos va a presentar durante su vida rendimientos económicos positivos o negativos únicamente por valoración (sólo en el caso de los FIAMM), no presentando así, rendimientos por resultados distribuidos.

  2. Fondos de reparto o de distribución: Son los que no acumulan los dividendos recibidos de las acciones donde invierten, repartiendo éstos a sus partícipes con cierta periodicidad. Estos fondos no gozan de la ventaja fiscal de diferir el pago de impuestos, ya que el dividendo recibido periódicamente tributará en el ejercicio que se reciba, salvo el caso específico de los FIAMM o fondos de renta fija a corto plazo
        Su regulación contable se refleja en la Resolución 27 de julio de 1992, del ICAC, determinando que se contabilizará como un menor valor contable de la participación (no generando así ingreso contable):

    - Fondos de inversión en activos del mercado monetario.

    (...)

        Los rendimientos a percibir por estas participaciones pueden producirse de dos formas; bien por la distribución de resultados del fondo, o bien en la enajenación por la diferencia entre su valor de adquisición y el de enajenación.

    (...)

    3. Los importes procedentes de la distribución de resultados del fondo de inversión en activos del mercado monetario se contabilizarán disminuyendo el valor contable de la participación en dicho fondo.

    .

    Una vez realizada la principal división entre fondos de inversión, podríamos tener otra subdivisión aplicable a cada una de las dos anteriores:
  1. Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario (FIAMM), cuya nomenclatura actual es de fondos de renta fija a corto plazo: Invierten en títulos de renta fija con un vencimiento inferior a 18 meses. Hemos diferenciado este tipo de fondos de los expuestos en el punto siguiente (de renta fija) por sus especiales características tanto financieras como contables (mencionadas anteriormente).

  2. Fondos de renta fija: Donde el patrimonio del mismo se invierte principalmente en activos de renta fija (como bonos, obligaciones, pagarés o letras del tesoro).

  3. Fondos de renta variable: Que invierten la mayor parte de su patrimonio (al menos un 75%) en acciones de multitud y variedad de empresas de todo el mundo. Estos se dividen en subcategorías en función del mercado en el que inviertan (España, Zona Euro, Estados Unidos, etc.), los sectores (energía, telecomunicaciones, tecnológico, etc.) o de otras características que definan a los valores en que se invierte como, por ejemplo, la capitalización bursátil o el tamaño de la empresa.

  4. Fondos mixtos: Son fondos con exposición tanto a activos de renta fija como de renta variable. Según el porcentaje de inversión en cada uno de estos activos se pueden clasificar en:
    1. Fondos de renta fija mixta, donde la inversión en activos de renta variable será inferior al 30%.

    2. Fondos de renta variable mixta, donde la inversión en renta variable estará entre el 30% y el 75% del total.
  5. Fondos globales: Son fondos que pueden invertir en una gran variedad de activos sin porcentajes predeterminados, teniendo libertad para no establecer porcentajes tope de inversión en renta fija o variable o para determinar la distribución geográfica de las inversiones.

  6. Fondos de retorno absoluto: Son fondos que fijan como objetivo de gestión, no garantizado, conseguir una determinada rentabilidad en un determinado periodo, atendiendo a un riesgo también preestablecido.

  7. Fondos total o parcialmente garantizados: Los que aseguran, a su vencimiento, la recuperación del 100% o un porcentaje inferior del capital invertido, respectivamente.


Registro Contable



Suscripción de un fondo de inversión.

Jurisprudencia



Consulta nº2 BOICAC 49. Tatramiento contable de la participaciones en Fondos de Inversión Mobiliaria

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