Definición de fondos propios

Glosario de términos contables

FONDOS PROPIOS



    Los fondos propios de una sociedad representan el conjunto de recursos que los propietarios han invertido en la empresa, además de los beneficios generados que no se han repartido como dividendos.

    Estos fondos son la base financiera de la sociedad y se componen de:
  1. Capital social: Aportaciones iniciales de los socios.

  2. Reservas: Beneficios no distribuidos.

  3. Resultados de ejercicios anteriores: Ganancias acumuladas de años anteriores.

  4. Resultados del ejercicio: Beneficios o pérdidas del año en curso.

  5. Otros fondos: Aportaciones adicionales de socios o ajustes por valoración.

    Los fondos propios son una medida de la solvencia y estabilidad financiera de la empresa, así como un factor importantísimo a la hora de calcular el valor teórico contable de las acciones/participaciones de una entidad.

    Por otra parte, se diferencia del patrimonio neto de una entidad en que éste ultimo incluye además subvenciones, donaciones y legados.

    Esta partida tiene gran transcendecia en el impuesto de sociedades ya que la aplicación de una interesante ventaja fiscal (reserva de capitalización) depende de ésta. Por tanto, haremos una mención expresa al cálculo del incremento de los fondos propios requeridos por dicha reserva.

    Recordemos que la ventaja fiscal de la reserva de capitalización radica en una reducción en la base imponible del impuesto del 15% del importe del incremento de sus fondos propios (con el límite del 10% de la base imponible previa). Por tanto, el cálculo de este incremento de fondos propios resulta preceptivo para su aplicación; cálculo que pasamos a desarrollar.

    El artículo 25 de la LIS, en su punto 2, especifica que el incremento de fondos propios vendrá determinado por la diferencia positiva entre los fondos propios existentes al cierre del ejercicio sin incluir los resultados del mismo, y los fondos propios existentes al inicio del mismo, sin incluir los resultados del ejercicio anterior:

Incremento FP = (FPcierre N - Resultado N) - (FPinicio N - Resultado N-1)



   No obstante   

No computándose entre los fondos propios:
  1. Aportaciones de socios.

  2. Ampliaciones de capital por compensación de créditos.

  3. Ampliación de fondos propios por operaciones con acciones propias o de reestructuración.

  4. Reservas legales o estatutarias.

  5. Reserva para inversiones en Canarias.

  6. Fondos propios correspondientes a emisión de instrumentos financieros compuestos.

  7. Fondos propios por variación en activos por [impuesto diferido] derivadas de disminución o aumento del tipo de gravamen.


    De este modo, en la práctica y como regla general, el incremento de los fondos propios tendrá que venir de beneficios del ejercicio no distribuidos, ni aplicados a dotar las reservas de carácter legal o estatutario.





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