REDUCCIÓN DE CAPITAL POR CONDONACIÓN DE DIVIDENDOS PASIVOS
- Capital Social: 50.000 euros.
- Socios por desembolsos no exigidos: - 10.000 euros.
- Reserva Legal: 10.000 euros.
- Resultado del Ejercicio: 3.500 euros.
Solución:
De acuerdo al artículo 317 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010, de 2 de julio), la reducción del capital puede tener por finalidad, en las sociedades anónimas, la condonación de la obligación de realizar las aportaciones pendientes. En este sentido, el registro contable de la reducción vendría dado por: Al mismo tiempo de acuerdo a la NRV 9.ª.4 del Plan General de Contabilidad, los gastos derivados de transacciones con instrumentos del Patrimonio, incluidos los gastos de emisión de estos instrumentos, tales como honorarios de letrados, notarios, y registradores; impresión de memorias, boletines y títulos; tributos; publicidad; comisiones y otros gastos de colocación, se registrarán directamente contra el patrimonio neto como menores reservas, neto del efecto impositivo. Así, si suponemos un tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades del 25%:En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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