EJEMPLOS. Arrendamiento Financiero. Leasing.

Casos prácticos de contabilidad

ARRENDAMIENTO FINANCIERO - LEASING


    El 1 de enero de 20X0, la sociedad RCRCR, SA adquiere un elemento de transporte en régimen de arrendamiento financiero por 12.000 euros (leasing).
  • El tipo de interés que nos cargarán sobre la deuda pendiente será del 10 % anual.
  • La opción de compra se fija en 296,82 euros.
  • Se fija una cuota anual de 3.591,60 euros.
  • La vida útil se estima en 8 años.
  • Además el acondicionamiento del elemento de transporte ha supuesto unos gastos de 900 euros.
AÑOCUOTA ANUALINTERESESRECUPERACIÓN COSTEDEUDA PENDIENTE
20X03.591,601.087,292.504,289.495,72
20X13.591,60 825,062.766,526.729,20
20X23.591,60535,383.056,193.673,01
20X33.591,60215,353.376,22296,82
OPCION296,82-296,82-
14.665,552.665,5512.000

Solución:


    
1.-
En primer lugar hay que comprobar que efectivamente es un arrendamiento financiero y para ello vemos que existe una opción de compra y debemos verificar si existen dudas de que se vaya a realizar o no, comparando el precio de la opción de compra con el valor en libros en la fecha en que se vaya a ejercitar la opción.
  1. Opción de compra: 296,82 euros

  2. Valor en libros fecha opción compra = 12.000 - ((12.000 / 8) x 4) = 6.000 euros

    Como el valor del elemento de transporte es superior al precio de la opción de compra no hay dudas razonables de que se vaya a realizar, por lo que se trata de un arrendamiento financiero.

    
2.-
Hay que calcular el importe por el que el elemento de transporte debe figurar en el balance (el menor de Valor razonable del activo y Valor Actual de los pagos mínimos acordados durante el plazo del arrendamiento incluida la opción de compra cuando no existan dudas razonables sobre su ejercicio y cualquier importe que haya garantizado, directa o indirectamente y se excluyen las cuotas de carácter contingente, el coste de los servicios y los impuestos repercutibles por el arrendador):
  1. Valor razonable del activo = 12.000 euros.

  2. Valor actual de los pagos mínimos: = 12.000 euros.

VA = 3.591,60 x (1+0,10)-1 + 3.591,60 x (1+0,10)-2 + 3.591,60 x (1+0,10)-3 + 3.591,60 x (1+0,10)-4 +
296,82 x (1+0,10)-4 = 12.000 Euros


    Viendo que en este caso ambos importes coinciden el asiento a realizar sería:

12.000Elementos de Transporte (218)
Acreedores a L/P por arrendamiento financiero (174)9.495,72
Acreedores a C/P por arrendamiento financiero (524)2.504,28


    Como vemos no realizamos ninguna anotación en relación al IVA ni intereses, los cuales se contabilizarán en el pago de las cuotas.

    
3.-
Los gastos de acondicionamiento del elemento de transporte suponen un mayor valor del activo:

900,00Elementos de Transporte (218)
189,00HP IVA soportado (472) (900 x 21%)
Bancos c/c (572) 1.089,00


    
4.-
Los intereses se irán devengando conforme se vayan pagando las cuotas periodicas del contrato de arrendamiento financiero:

2.504,28Acreedores por Arrendamiento Financiero a C/P (524)
1.087,29Intereses de Deudas (662)
754,24Hacienda Pública, IVA soportado (472)(3.591,6 x 21%)
Bancos (572)4.345,81


    
5.-
A 31.12.20X0 realizaremos la dotación de la amortización correspondiente  {(12.000 + 900) / 8 años}:

1.612,50Amortización Inmovilizado Material (681)
Amortización Acumulada del Inmovilizado Material (281)1.612,50


    
6.-
También al final del ejercicio deberemos traspasar al corto plazo la parte de deuda que pagaremos el siguiente año:

2.766,52Acreededores por Arrendamiento Financiero a L/P (174)
Acreedores por Arrendamiento Financiero (524)2.766,52


Jurisprudencia y Doctrina


- Consulta 6 BOICAC Nº99/2014
- Consulta 2 BOICAC nº 104/2015 Prima recibida por opción de compra

En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...

pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.

Accede al resto del contenido aquí

Siguiente: EJEMPLOS. Arrendamiento Financiero. Renting.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos