EJEMPLOS. Subvenciones de Capital. Según el Plan General Contable Pyme

Casos prácticos de contabilidad

SUBVENCIONES DE CAPITAL (PGC PYMES)


    La Sociedad RCRCR compra al contado con fecha 1 de enero de 20X0 una máquina valorada en 100.000 euros (sin incluir 21% IVA), con una vida útil de 10 años y sin valor residual. Se aplica el método de amortización constante. Al mismo tiempo, se concede una subvención por parte de la administración, pendiente de cobro, por el 50% del importe de la máquina. Suponemos un tipo impositivo del impuesto sobre sociedades del 25%.

    Determinar el registro contable de esta operativa teniendo en cuenta que la sociedad aplica el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas.

Solución:



  • 01.01.20X0, Por la compra de la máquina:

100.000Maquinaria (213)
21.000HP IVA soportado (472)
Proveedores de Inmovilizado a C/P (523)121.000


121.000Proveedores de Inmovilizado a C/P (523)
Bancos c/c (572)121.000



50.000HP Deudora por subvenciones concedidas (4708)
Subvenciones oficiales de capital (130)50.000


    Al finalizar el ejercicio en el año de la concesión, por el aumento de patrimonio neto, se genera un impuesto sobre beneficio diferido asociado, que finalmente rebajaremos de la subvención para que ésta aparezca en términos netos de efecto impositivo:

  • 31.12.20X0, Por el impuesto sobre beneficios diferido asociado al ingreso en el patrimonio neto (25% de 50.000):

12.500Subvenciones oficiales de capital (130)
Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479)12.500


  • Por la amortización de la máquina (100.000 / 10 años):

10.000Amortización del Inmovilizado Material (681)
Amortización Acumulada de Maquinaria (2813)10.000


  • Por la reducción del efecto impositivo previamente registrado, en la proporción correspondiente al traslado a resultados de la subvención (12.500 / 10 años):

1.250Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479)
Subvenciones oficiales de capital (130)1.250


  • Por el traspaso a resultados del ejercicio de la subvención, siguiendo el criterio de la amortización del elemento subvencionado ((50.000-12.500)) / 10 años + 1.250)

5.000Subvenciones oficiales de capital (130)
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos a resultados del ejercicio (746)5.000


  • 31.12.20X1, Por la amortización de la máquina (100.000 / 10 años):

10.000Amortización del Inmovilizado Material (681)
Amortización Acumulada de Maquinaria (2813)10.000


  • Por la reducción del efecto impositivo previamente registrado, en la proporción correspondiente al traslado a resultados de la subvención (12.500 / 10 años):

1.250Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479)
Subvenciones oficiales de capital (130)1.250


  • Por el traspaso a resultados del ejercicio de la subvención, siguiendo el criterio de la amortización del elemento subvencionado ((50.000-12.500)) / 10 años + 1.250):

5.000Subvenciones oficiales de capital (130)
Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos a resultados del ejercicio (746)5.000


    Ahora suponemos que al finalizar el ejercicio 20X2 se sabe que el valor razonable de la maquinaria es de 84.000 euros, con unos costes de venta asociados de 8.000 euros, y que su valor de uso es de 72.000 euros.

    Pues bien, la norma 2ª de Registro y Valoración del PGC Pymes establece que se producirá una pérdida por deterioro de valor de un elemento de inmovilizado material cuando "su valor contable supere a su importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los gastos de venta y su valor en uso.

    Así, en este caso tendremos:

  • Valor en Libros (Contable): 100.000 - 20.000 (A.Acumulada) = 80.000 Euros.
  • Valor en uso:72.000 Euros.
  • Valor razonable - Costes de Venta = 84.000 - 8.000 = 76.000 Euros.

    Como podemos comprobar su valor contable (80.000 Euros) supera al mayor de su valor en uso y su valor razonable menos los gastos de su venta (76.000 Euros), luego procede registrar una pérdida por deterioro.

Pérdida por deterioro = 80.000 - 76.000 = 4.000 Euros


    Para realizar el registro contable de este deterioro hemos de tener en cuenta lo relacionado en la norma de valoración nº 18 del PGC Pymes. Así habremos de considerar 2 aspectos significativos:

  1. Se considerarán en todo caso de naturaleza irreversible las correcciones valorativas por deterioro de elementos en la parte en que éstos hayan sido financiados gratuitamente.

  2. Como se considera irreversible el valor del elemento que ha sido subvencionado, ha de llevarse a resultado del ejercicio el importe que corresponda a la subvención.

    Luego:

  • 31.12.20X2, Reconocimiento del Deterioro sufrido por la máquina (por la parte financiada y considerada irreversible, 50%):

2.000Pérdidas procedentes del Inmovilizado Material (671)
Maquinaria (213)2.000


  • Reconocimiento del Deterioro sufrido por la máquina (por la parte no financiada y considerada reversible, 50%):

2.000Pérdidas por deterioro del Inmovilizado Material (691)
Deterioro de valor del Inmovilizado Material (291)2.000


  • Por el traslado a resultados de la subvención en la parte que el activo se ha deteriorado:

2.000Subvenciones oficiales de capital (130)
Subvenciones de capital transferidas a rdos del ejercicio (746)2.000


  • Y consecuentemente por la parte irreversible habremos de realizar la reducción de efecto impositivo previamente registrado, en la proporción que corresponda al traslado a resultados de la subvención (2.000 x 25%):

500Pasivos por diferencias temporarias imponibles (479)
Subvenciones oficiales de capital (130)500



Jurisprudencia y Doctrina



- Consulta 11 BOICAC nº 75/2008 Tratamiento contable de subvenciones
- Consulta 3 BOICAC nº 60/2004 Subvencion para la compra de inmovilizado
- Consulta 7 BOICAC nº 113/2018
- Consulta 6 BOICAC nº 100/2014 Legado no reintegrable.


Siguiente: EJEMPLOS. Subvenciones para Gastos Específicos. Según el Plan General Contable Normal

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos