Artículo 164. Ley 9/2018 de cooperativas de Extremadura

Normativa
Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura

Artículo 164. Objeto y modalidades.




    La actividad sanitaria podrá ser objeto de una sociedad cooperativa de trabajo asociado, de servicios empresariales, de profesionales, de consumo directo de la asistencia sanitaria o de seguros.

Equivalencia Normativa



Artículo 102 Ley 27/1999 General de Cooperativas


Siguiente: Artículo 165. Ley 9/2018 de cooperativas de Extremadura

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos