Artículo 116. Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas de Cataluña

Normativa
Ley 12/2015, de 9 de julio, de Cooperativas de Cataluña

Artículo 116. Otras actividades productivas.




    Las cooperativas dedicadas a otras actividades productivas no pierden su carácter específico por el hecho de que produzcan los servicios o los bienes que distribuyen, y en dicho supuesto la actividad productiva ejercida se ha de regir también por las disposiciones de la presente ley.

Equivalencia Normativa



-Art. 88 Ley 27/1999 LGC. De las cooperativas de consumidores y usuarios. Objeto y ámbito.
- Equivalencia Ley anterior Art.100 Ley 18/2002, 5 julio, de Cooperativas de Cataluña

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