Artículo 140. Normativa aplicable
En todo lo que no establece el presente capítulo, han de aplicarse a las cooperativas de segundo grado las disposiciones de carácter general establecidas por la presente ley o las disposiciones sectoriales que les sean de aplicación.Equivalencia Normativa
-Art. 77 Ley 27/1999 LGC. Cooperativas de segundo grado. - Equivalencia Ley anterior Art.124 Ley 18/2002, 5 julio, de Cooperativas de CataluñaSiguiente: Artículo 141. Ley 12/2015, de 9 de julio, de cooperativas de Cataluña
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