Artículo 19. Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón

Normativa
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto , texto refundido de la Ley de cooperativas de Aragón

Artículo 19. Derechos de los socios.  




   Los socios tienen derecho a:

    a) Participar en la actividad económica y social de la cooperativa, sin discriminación y de acuerdo con lo establecido en los estatutos.

    b) Participar, con voz y voto, en la asamblea general y en los órganos de que formen parte.

    c) Elegir y ser elegidos para los cargos de los diferentes órganos de la cooperativa.

    d) Exigir información en los términos legal y estatutariamente establecidos.

    e) Participar en el retorno de excedentes que se acuerde.

    f) Cobrar los intereses que se fijen para las aportaciones sociales.

    g) Recibir la liquidación de su aportación en caso de baja o disolución de la sociedad.

    h) Cualesquiera otros previstos en la ley o en los estatutos.

Legislación



Art. 16 Ley 27/1999 LGC. Derechos de los socios.

Equivalencia Normativa



- Equivalencia Ley anterior artículo 19 LEY 9/1998.

Asientos Contables



- Por el retorno cooperativo/remuneración de las aportaciones al capital.

Asientos Cuenta 1715 Retorno cooperativo y remuneración discrecional a pagar a l/p.
Asientos Cuenta 507 Dividendos de acciones o participaciones consideradas como pasivos financieros.
Asientos Cuenta 526 Retorno cooperativo y remuneración discrecional a pagar a c/p.
Asientos Cuenta 6647 Intereses y retorno obligatorio de las aportaciones al capital cooperativo y de otros fondos calificados con características de deuda.

- Por la baja del socio.

Asiento Cuenta 1710 Deudas a l/p con los socios por baja.
Asiento Cuenta 5210 Deudas a c/p con los socios por baja.

- Por el reembolso de las aportaciones.

Asientos Cuenta 1145 Fondo de Reembolso o Actualización.
Asientos Cuenta 1712 Acreedores por Fondo de Reembolso o Actualización a l/p.
Asientos Cuenta 5212 Acreedores por Fondo de Reembolso o Actualización a c/p.

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