Artículo 31. Actos objeto de inscripción.
1. Son actos objeto de inscripción obligatoria en la hoja abierta a cada sociedad: a) La constitución de la cooperativa, que será necesariamente la inscripción primera. a)Las modificaciones estatutarias. a) El nombramiento y cese de las personas administradoras titulares. d) La designación y cese de las personas integrantes de la comisión ejecutiva y las personas consejeras delegadas, en su caso, así como el nombramiento y cese de una o varias personas directoras o directores gerentes. e) El apoderamiento general, incluido el de los directores o directoras gerentes, y las delegaciones permanentes de facultades del consejo rector en la comisión ejecutiva o en las personas consejeras delegadas. f) Nombramiento y cese de los miembros titulares de la comisión de vigilancia. g) La transformación, fusión y escisión de la cooperativa. h) La disolución y liquidación de la cooperativa. i) La declaración de concurso y demás resoluciones y actos del procedimiento concursal sujetos a publicidad registral. j) Las medidas de intervención temporal. k) Las resoluciones judiciales y administrativas en los términos previstos legalmente. l) En general, los actos o contratos que modifiquen el contenido de los asientos practicados o cuya inscripción prevean las leyes o el presente reglamento. 2. Son actos objeto de inscripción potestativa: a) La inscripción del nombramiento y cese de los miembros del consejo social y del comité de recursos, así como de los apoderamientos singulares concedidos para la realización de actos concretos. b) La inscripción de las personas suplentes en tanto no pase a ocupar las vacantes correspondientes. c) El poder general para pleitos. d) La creación de página web corporativa.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.