Artículo 4. Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra

Normativa
Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de cooperativas de Navarra

Artículo 4. Domicilio.




    Las cooperativas sujetas a esta Ley Foral deberán tener su domicilio social en Navarra.

Equivalencia Normativa



Art. 3 Ley 27/1999 LGC. Domicilio.

Siguiente: Artículo 5. Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos