CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA EN EL REGISTRO
En lo referente a la calificación de la documentación presentada en el Registro de Cooperativas podemos distinguir entre dos tipos de calificación: - Calificación previa de Estatutos: esta es una calificación vinculante para el Registro y no será susceptible de recurso administrativo. Está regulada en el artículo 32 del R.D. 136/2002. - Calificación de actos registrales: de acuerdo con el artículo 19 del R.D. 136/2002, una vez que la solicitud de inscripción se admita a trámite, el Registro de Sociedades Cooperativas procederá a la calificación del acto objeto de la inscripción registral, mediante el estudio de su adecuación jurídica y del cumplimiento de las formalidades exigibles en los documentos en que se formaliza, en los términos de la Ley de Cooperativas, en este Reglamento y demás normativa de carácter imperativo.Legislación
Art. 18 R.D. 136/2002 RSC. Admisión a trámite.Art. 19 R.D. 136/2002 RSC. Calificación de los actos registrables.Art. 32 R.D. 136/2002 RSC. Calificación previa.Siguiente: Ámbito de aplicación del Registro de Sociedades Cooperativas.
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