Composición del Consejo para el Fomento de la Economía Social. Cooperativa.

COMPOSICION DEL CONSEJO PARA EL FOMENTO DE LA ECONOMIA SOCIAL



    El Consejo para el Fomento de la Economía Social estará compuesto por:

    - Presidente.

    - 17 Vocales (Director General, 4 de Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales; 2 por cada uno de los Ministerios de Hacienda, de Fomento de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Sanidad y Consumo y de Economía; 1 por cada uno de los Ministerios de Educación, Cultura y Deporte, de la Presidencia y de Administraciones Públicas.)

    - 1 vocal por cada Comunidad Autónoma y las ciudades de Ceuta y Melilla y así lo pidiesen.

    - 1 vocal de la asociación de entidades locales más representativas.

    - 19 vocales en representación del movimiento asociativo de la economía social de ámbito estatal.

    - 5 vocales designados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

    En cuanto a las funciones de los componentes anteriormente mencionados podemos encontrarlos de forma más detallada en el Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, cuyos artículos que hacen referencia a la mencionada composición.

    En el Consejo, además, podrán constituirse grupos de trabajo que acuerde su Pleno para la realización de estudios o propuestas en temas que afecten a los cometidos del Consejo.

Legislación



Real Decreto 219/2001. Organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social.


Siguiente: Convocatoria del Consejo de Fomento de Economía Social. Cooperativa.

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