Disposición Transitoria Sexta.
En tanto subsistan las circunstancias a que se refiere la Disposición Adicional Vigesimotercera de la Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, se estará a lo dispuesto en dicha norma.Siguiente: Disposición Final 1ª. Ley 20/1990, de 19 de diciembre, de Régimen Fiscal de Cooperativas.
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