Disposición adicional cuarta. Registro de Cooperativas financieras.
El régimen registral de las cooperativas financieras, reguladas por la sección 8.ª del capítulo I del título II de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, se ajustará, en todo caso, además, a las normas sectoriales que les son de aplicación.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.