Disposición adicional segunda. Puntos de atención a emprendedores.
El departamento del Gobierno de Navarra competente en materia cooperativa otorgará la condición de puntos de atención a emprendedores para la creación de microcooperativas de Navarra a entidades sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunidad Foral de Navarra, fijando las características técnicas y perfil profesional de las personas que atenderán en estos puntos. Hasta que resulte aplicable lo establecido en la disposición adicional primera, los puntos de atención a emprendedores para la creación de microcooperativas de Navarra realizarán las actividades que se les encomienden en la resolución administrativa que les atribuya dicha condición. Todos los servicios del punto de atención a emprendedores de microcooperativas de Navarra serán gratuitos.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.