Licencia de apertura en locales para reformar.

LICENCIA DE APERTURA EN LOCALES PARA REFORMAR



     Este tipo de Licencia no es estrictamente necesario para la puesta en funcionamiento de una sociedad (sea cooperativa o cualquier otro tipo); sin embargo, cuando el local que se va a utilizar para el desarrollo de la actividad, necesite ser reestructurado para su adaptación de forma que permita el ejercicio de la actividad, habrá de solicitarse este tipo de Licencia en el Ayuntamiento de la población donde reside la cooperativa.

    Este tipo de Licencia siempre va a llevar aparejada el pago de unas tasas al Ayuntamiento de la población donde se encuentre ubicado el local en el que se va a desarrollar la actividad.

    Puede limitarse a obras de pequeña índole (menores) u obras de gran índole (mayores), estas últimas conllevan la modificación de suelos, paredes, fachadas, etc.

Siguiente: Trámites ante las autoridades laborales para la constitución de una cooperativa.

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