Trámites ante las autoridades laborales para la constitución de una cooperativa.

TRÁMITES ANTE LAS AUTORIDADES LABORALES



    Existen una serie de trámites que habrán de efectuarse ante las autoridades laborales y que habrán de efectuarse siempre que pongamos en marcha una empresa, y "por ende" siempre que pongamos en marcha una cooperativa. Entre otras:

    - Comunicación a la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o a la Consejería de Trabajo del Gobierno de la Comunidad Autónoma (para las Comunidades Autónomas que tengan transferida esta función) de la apertura de un centro de trabajo.

    - Alta en la Seguridad Social. Su objetivo es obtener la Tarjeta de Identificación de la empresa, de forma que se nos asigne un número único para todo el territorio nacional. Además se asignará un número de identificación para cada centro de trabajo situado en las distintas provincias.

    - En caso de instalación, ampliación o traslado de industrias habrá que comunicarlo al Ministerio de Industria a través de la inscripción en el Registro Industrial de la Comunidad Autónoma donde se realice el proyecto, redactado y firmado por un técnico competente y visado por el correspondiente Colegio Oficial.

    - Contrato laboral para cada uno de los trabajadores. El contrato de trabajo habrá de estar debidamente sellado en el INEM.

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