Plazo de solicitud de alta en el I.A.E. y declaración censal del IVA para sociedades cooperativas.

PLAZO SOLICITUD DE ALTA EN EL IAE Y DECLARACIÓN CENSAL DEL IVA



    Para la solicitud del C.I.F. de nuestra Cooperativa, tendremos un plazo de un mes desde la inscripción de la sociedad en el Registro de Cooperativas. Para ello, habremos de presentar una copia de la escritura de constitución así como certificado de la inscripción en el Registro de Cooperativas. Todo ello habrá de realizarse a traves del modelo 036, ya sea telemáticamente en la sede electrónica de la AEAT o presencialmente en la Delegación de Hacienda correspondiente al domicilio social de la entidad.

Declaración censal del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)


    Asimismo, una vez obtenido el C.I.F y también a través del modelo 036, realizaremos la declaración censal de alta a efectos del Impuesto de Valor Añadido; que es la declaración de inicio de la actividad económica que deben presentar los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios, indicando en la página 4 las actividades económicas y la relación de los locales en los que se darrollan las mismas, de acuerdo con las normas y la clasificación del Impuesto sobre Actividades Económicas

Solicitud de alta en el IAE


    Teniendo en cuenta que esta declaración sólo deben presentarla los sujetos pasivos que tributen efectivamente por el IAE y que todos los sujetos pasivos están exentos de IAE en los dos primeros años de inicio de la actividad económica, la declaración de alta por dejar de disfrutar de exención se presentará en diciembre del segundo año de actividad, siempre que el volumen de operaciones sea superior a un millón de euros (1.000.000 euros).

    Las cooperativas están bonificadas en un 95% de la cuota de I.A.E, de acuerdo al artículo 88 Real Decreto Ley 2/2004 Reguladora de las Haciendas Locales.

    Actualmente, los modelos para declaración del alta del I.A.E. son los siguientes:

    - Modelo 840: se utiliza para la declaracion de alta, baja o variacion en el IAE. Sin embargo, cuando la gestión del impuesto este cedida en alguna entidad local, los modelos a presentar, asi como la forma y el lugar de presentación, serán los establecidos por la entidad que tiene delegada la gestión.

    - Modelo 848: es un modelo utilizado con el fin de consignar el importe neto de su cifra de negocios, salvo que ya hayan hecho constar este importe en el Impuesto sobre Sociedades.


Legislación



Art. 88 R.D.L 2/2004 RHL. Bonificaciones obligatorias y potestativas.

Siguiente: Alta en la Seguridad Social de los socios de la cooperativa.

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