Normas sobre los Aspectos Contables de las Sociedades Cooperativas
657Dotación al Fondo de Educación, Formación y Promoción
Pyme y Normal El «Fondo de Educación, Formación y Promoción» se identifica con los importes que obligatoriamente deben constituirse en las cooperativas con la finalidad de que se apliquen a determinadas actividades que benefician a los socios, trabajadores y, en su caso, a la comunidad en general, por lo que su dotación es un gasto para la cooperativa.
Dentro del subgrupo 65 «Otros gastos de gestión y específicos de las cooperativas» incluido en la cuarta y quinta parte del Plan General de Contabilidad y del PGC-PYMES, se crea la cuenta:
657. «Dotación al Fondo de Educación, Formación y Promoción».
Hace referencia a la dotación que se realiza al Fondo de Educación, Formación y Promoción.
Se cargará por el importe de la dotación con abono a la cuenta
148 ó
5298, según proceda.
Asientos Contables
-
Asientos dotación fondo educación.
Legislación
-
Art. 56 Ley 27/1999. Fondo de educación y promoción.-
Norma 6ª Orden EHA/3360/2010. Fondo de Educación, Formación y Promoción y otras contribuciones obligatorias similares.
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