Normas sobre los Aspectos Contables de las Sociedades Cooperativas
757Ingresos imputables al Fondo de Educación, Formación y Promoción
Pyme y Normal El «Fondo de Educación, Formación y Promoción» se identifica con los importes que obligatoriamente deben constituirse en las cooperativas con la finalidad de que se apliquen a determinadas actividades que benefician a los socios, trabajadores y, en su caso, a la comunidad en general, por lo que su dotación es un gasto para la cooperativa. En aquellos casos en que la cooperativa perciba subvenciones, donaciones u otras ayudas, o fondos derivados de la imposición de sanciones, vinculables al fondo de acuerdo con la ley, tales partidas se registrarán como un ingreso de la cooperativa en la cuenta de pérdidas y ganancias, motivando la correlativa dotación al «Fondo de Educación, Formación y Promoción». Dentro del subgrupo 75 «Otros ingresos de gestión y específicos de las cooperativas» incluido en la segunda y tercera parte del Plan General de Contabilidad y del PGC-PYMES, se crea la cuenta 757 «Ingresos imputables al Fondo de Educación, Formación y Promoción», con el siguiente contenido: 757. «Ingresos imputables al Fondo de Educación, Formación y Promoción». 7570. «Sanciones impuestas a socios imputables al Fondo de Educación, Formación y Promoción». 7571. «Subvenciones imputables al Fondo de Educación, Formación y Promoción». 7572. «Donaciones imputables al Fondo de Educación, Formación y Promoción». 7573. «Otros ingresos imputables al Fondo de Educación, Formación y Promoción». Ingresos correspondientes a sanciones impuestas a los socios de la sociedad cooperativa, subvenciones, donaciones y cualquier tipo de ayuda recibida para el cumplimiento de los fines propios del fondo que, de conformidad con lo establecido por la ley, deban imputarse al «Fondo de Educación, Formación y Promoción». Se abonará por el importe de las sanciones impuestas a los socios, subvenciones, donaciones y otros con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.
Asientos Contables
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Asientos ingresos imputables fondo educación.
Legislación
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Art. 56 Ley 27/1999. Fondo de educación y promoción.-
Norma 6ª Orden EHA/3360/2010. Fondo de Educación, Formación y Promoción y otras contribuciones obligatorias similares.
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