Consulta IAE. Arreglos y modificaciones de prendas de vestir.

Consulta número 430 Fecha: 24 de noviembre de 1992  
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 86.1.
R.D. LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:


TARIFAS:
Grupo 453 de la Sección 1ª.


TEMA

Arreglos y modificaciones de prendas de vestir.


CUESTIÓN PLANTEADA

    
    La Entidad consultante desea saber la rúbrica en la que se clasifica la actividad que realiza consistente en arreglar y modificar prendas de vestir.


CONTESTACIÓN


    La actividad objeto de la consulta, consistente en arreglar y modificar prendas de vestir, que la Entidad consultante realiza en un taller propio, se encuentra clasificada en el Grupo 453 de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto con la Instrucción para la aplicación de las mismas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, de acuerdo con lo establecido en el penúltimo párrafo de la nota  1ª al propio grupo, según el cual se encuentran comprendidas en ese grupo la ejecución de trabajos de diseño de modelos y patrones, cosido a máquina, de vainicas, plisados y otras actividades anexas a la industria del vestido no especificadas en otros epígrafes.


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