Consulta IAE. Compra-venta de valores mobiliarios propios

Consulta número 163 Fecha: 20 de diciembre de 1991  
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 80.1.
R.D.LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:
Regla 3ª.1.

TARIFAS:



TEMA

Compra-venta de valores mobiliarios propios.


CUESTIÓN PLANTEADA


    El consultante desea saber si la compra-venta de valores mobiliarios para sí mismo constituye hecho imponible del impuesto.


CONTESTACIÓN


A la vista de lo dispuesto en el artículo 80.1. de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y de la Regla 3ª.1 de la Instrucción del impuesto, aprobada por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, la compra-venta de valores mobiliarios para sí  mismo, bien por personas físicas, bien por personas jurídicas o entidades carentes de personalidad jurídica, no constituye actividad económica (ni empresarial, ni profesional), de suerte tal que por dicha compra-venta no procede tributación alguna por el Impuesto sobre Actividades Económicas.




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