Consulta IAE. Empresas de espectáculos taurinos: clasificación.

Consulta número 664 Fecha: 22 de septiembre de 1993   
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 86.1.
R.D. LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:


TARIFAS:
Epígrafes 965.4 y 965.5, ambos de la Sección 1ª.


TEMA

Empresas de espectáculos taurinos: clasificación.


CUESTIÓN PLANTEADA


    La entidad consultante desea saber cómo debe tributar la misma en el Impuesto sobre Actividades Económicas cuando una determinada empresa matriculada en el Epígrafe 965.5 de la Sección 1ª de las Tarifas, dedicada a la actividad de espectáculos taurinos contrate con la entidad consultante para que ésta realice la organización del espectáculo, contrate a los matadores de toros y sus cuadrillas, etc.


CONTESTACIÓN


    La entidad consultante que ejerce la actividad reseñada en el texto de la consulta y que básicamente consiste en realizar la organización de espectáculos taurinos mediante la contratación de los matadores de toros y sus cuadrillas por encargo de terceras personas, debe matricularse y tributar por el Epígrafe 965.4 de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas junto con la Instrucción para la aplicación de las mismas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, que clasifica a las "empresas de espectáculos".


Siguiente: Consulta IAE. Local anexo al de ejercicio de actividad comercial. Consideración a efectos del gravamen de su superficie.

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