Consulta IAE. Epígrafe 972.2 de la Sección 1ª. Contenido.

Consulta número 208 Fecha: 3 de febrero de 1992   
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 86.1.
R.D. LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:


TARIFAS:
Epígrafe 972.2 de la Sección 1ª.


TEMA

Epígrafe 972.2 de la Sección 1ª. Contenido.


CUESTIÓN PLANTEADA


    El consultante desea conocer si en el Epígrafe 972.2 de la Sección 1ª de las tarifas, relativo a salones e institutos de belleza, se incluyen los servicios de peluquería de señora y caballero.


CONTESTACIÓN


    En el Epígrafe 972.2 de la Sección 1ª de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, se recogen las actividades propias de los salones e institutos de belleza.

    En el mismo epígrafe se encuentran incluidos los servicios de peluquería que se presten a señoras y caballeros en los salones e institutos citados.

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