Disposición Transitoria 22ª Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, reguladora de las haciendas locales

Normativa
Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, reguladora de las haciendas locales.

Disposición Transitoria Vigésima Segunda. Consolidación de cuentas.




    En tanto no se aprueben las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local a que se refiere el apartado 4 del artículo 209 de este texto refundido, las entidades locales unirán a la Cuenta General los estados integrados y consolidados de las distintas cuentas que determine el Pleno de la Corporación.


NOTA: Disposición añadida por Ley 3/2017, de 27 de junio.

Legislación



- Art. 209 RDL 2/2004 TRLRHL. Contenido de la cuenta general de las entidades locales.

Siguiente: Resolución de 24 de mayo de 2018, del Departamento de Recaudación de la AEAT, modifica el plazo voluntario de ingreso del IAE del ejercicio 2018.

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