Instrucción del IAE: Regla 2.ª Ejercicio de las actividades gravadas

INSTRUCCIÓN DEL I.A.E.

Regla 2ª. Ejercicio de las actividades gravadas.



    El mero ejercicio de cualquier actividad económica especificada en las tarifas, así como el mero ejercicio de cualquier otra actividad de carácter empresarial, profesional o artístico no especificada en aquéllas, dará lugar a la obligación de presentar la correspondiente declaración de alta y de contribuir por este impuesto, salvo que en la presente Instrucción se disponga otra cosa.

NOTA: Con la entrada en vigor de la Ley 51/2002 las personas físicas estarán exentas de este impuesto, no obstante tendrán que presentar declaración censal (modelo 036/037).


Legislación



- Índice RDL 1175/1990. Aprueba las tarifas y la instrucción del IAE.

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