APERTURA DE UN PLAZO DE ALEGACIONES
Con la notificación de la propuesta de regularización y la propuesta de valoración se comunica al obligado tributario la apertura de un plazo de alegaciones entre 10 y 15 días para que formule alegaciones y aporte los documentos que estime procedentes.

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Aportar pruebas en vía administrativa aunque no se aporten en el requerimiento de información de la AEAT.Jurisprudencia y Doctrina
Jurisprudencia sobre comprobación de valoresResolución TEAC 08923/2022. Unificación criterio sobre aportación de prueba en vía administrativa.STS 1362/2018. Sin actitud abusiva o maliciosa puede aportarse prueba posteriormente al requerimiento de la AEAT.STS 684/2017. Es posible aportar pruebas no aportadas antes del requerimiento de la AEAT en recurso o reclamación.Legislación
Artículo 134 Ley 58/2003 LGT. Práctica de la comprobación de valores.Siguiente: Notificar al obligado tributario la regularización que proceda y la valoración realizada
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