Motivos de Reclamación Económico-Administrativa en procedimiento sancionador

MOTIVOS DE LA RECLAMACIÓN ECONÓMICO ADMINISTRATIVA.


    La disconformidad del contribuyente en las actas de liquidación no le impide, como es lógico, discutir cuantas cuestiones de hecho o derecho puedan plantearse en torno a la sanción que se deriva de la misma.

    Lo que sí debe tenerse en cuenta es que en la imposición de las sanciones que puedan proceder como consecuencia de estas liquidaciones en disconformidad, NO será de aplicación la reducción prevista en el apartado 1 b) del artículo 188, que es una reducción del 30% del importe de la sanción que solo se aplica si el contribuyente muestra su conformidad con la regularización practicada y no interpone recurso o reclamación contra la liquidación de la que trae causa.

    Por tanto, en este caso, al impugnar la sanción el contribuyente puede discutir tanto los hechos, como los fundamentos de derecho, e incluso los aspectos procesales, del acuerdo por el que se impone la sanción.

    Los hechos son aquellos acontecimientos de la vida real que tienen sustantividad propia e independiente de la norma. La motivación jurídica supone el proceso lógico de aplicación de la norma a los hechos.

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Cuantía de las Reclamaciones Económico_Administrativas.

Legislación



Art. 188 Ley 58/2003 LGT. Reducción de las sanciones

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