Incumplimiento de plazo

INCUMPLIMIENTO DE PLAZO.


    Conforme al Art. 150 Ley 58/2003, el incumplimiento del plazo de duración del procedimiento no determinará la caducidad del procedimiento, que continuará hasta su terminación, pero producirá los siguientes efectos respecto a las obligaciones tributarias pendientes de liquidar:

  1. No se considerará interrumpida la prescripción como consecuencia de las actuaciones inspectoras desarrolladas durante el plazo señalado en el apartado 1 del Art. 150 Ley 58/2003.

    La prescripción se entenderá interrumpida por la realización de actuaciones con posterioridad a la finalización del plazo al que se refiere el apartado 1 del Art. 150 Ley 58/2003. El obligado tributario tendrá derecho a ser informado sobre los conceptos y períodos a que alcanzan las actuaciones que vayan a realizarse.

    Añade como novedad a partir de 1 de Enero de 2018 el artículo 184 RD 1065/2007 que dicha circunstancia se pondrá en conocimiento del obligado tributario en cuanto se constate la superación del plazo máximo, sin tener que esperar hasta el acuerdo de liquidación o resolución, informándosele de las obligaciones y periodos por los que se continúa el procedimiento.

  2. Los ingresos realizados desde el inicio del procedimiento hasta la primera actuación practicada con posterioridad al incumplimiento del plazo de duración del procedimiento previsto en el apartado 1 del Art. 150 Ley 58/2003 y que hayan sido imputados por el obligado tributario al tributo y período objeto de las actuaciones inspectoras tendrán el carácter de espontáneos a los efectos del Art. 27 Ley 58/2003.

  3. No se exigirán intereses de demora desde que se produzca dicho incumplimiento hasta la finalización del procedimiento, conforme al apartado 4º del Art. 26 Ley 58/2003.

        

Legislación



Art. 26 Ley 58/2003 LGT. Interés de demora.
Art. 27 Ley 58/2003 LGT. Recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo.
Art. 150 Ley 58/2003 LGT. Plazo de las actuaciones inspectoras.
Art. 184 RD 1065/2007 RGPGI. Duración del procedimiento inspector.


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