Iniciar un procedimiento de devolución de ingresos indebidos

INICIAR UN PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS.


    El contribuyente puede solicitar el inicio de un procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos conforme al ART-221-LGT. Dicho procedimiento se regula en el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, en sus artículos 15 a 20.

    Supuestos:

  1. Cuando se haya producido una duplicidad en el pago de deudas tributarias o sanciones.

  2. Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación.

  3. Cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas o sanciones tributarias después de haber transcurrido los plazos de prescripción. En ningún caso se devolverán las cantidades satisfechas en la regularización voluntaria establecida en el artículo 252 de la Ley, que se refiere a los procedimientos de aplicación de los tributos en supuestos de delito contra la Hacienda pública.

  4. Cuando así lo establezca la normativa tributaria.

    El derecho a la devolución de ingresos indebidos podrá reconocerse en el procedimiento anteriormente descrito o:

  1. En un procedimiento especial de revisión.

  2. Resolución de un recurso administrativo o reclamación económico-administrativa o en virtud de una resolución judicial firmes.

  3. En un procedimiento de aplicación de tributos.

  4. En un procedimiento de rectificación de autoliquidacióna instancia del obligado tributario o de otros obligados en el supuesto previsto en el apartado 3 del artículo anterior.

  5. Por cualquier otro procedimiento establecido en la normativa tributaria.


    La solicitud deberá dirigirse al órgano competente para resolver y contendrá los siguientes datos: Art. 17 RD 520/2005

  1. Justificación del ingreso indebido.

  2. Documentos que acrediten el derecho a la devolución, así como cuantos elementos de prueba considere oportunos a tal efecto.

  3. Los justificantes de ingreso podrán sustituirse por la mención exacta de los datos identificativos del ingreso realizado, entre ellos, la fecha y el lugar del ingreso y su importe.

  4. Medio elegido para hacer efectiva la devolución: transferencia (indicando la cuenta corriente) o cheque cruzado o nominativo.

  5. En su caso solicitud de compensación.


Comentarios



Pasos para solicitar la devolución de ingresos indebidos.
Modelo de solicitud de devolución de ingresos indebidos.
La AEAT debe comprobar si se tiene derecho a devolución cuotas indebidamente repercutidas.

Legislación



- Art. 21 Ley 58/2003 LGT. Procedimiento para la devolución de ingresos indebidos.
- Art. 17 RD 520/2005 RLGT. Iniciación.

Jurisprudencia



STS 224/2024. Imputación temporal de la devolución de impuestos pagados en ejercicios anteriores.
Consulta vinculante V1097-23. Procedimiento adecuado para regularizar las cantidades ingresadas indebidamente.

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