MEDIOS Y JUSTIFICANTES DE PAGO
![]() | La providencia de apremio emitida una vez transcurrido el periodo voluntario de pago es correcta y ajustada a derecho. |
![]() | Una vez efectuado el pago y obtenido el correspondiente justificante en los términos del artículo 34.4 del Reglamento de Recaudación, la inexactitud referida, tanto en la fecha como en el importe que figuran en dicho justificante, no puede derivarse, en ningún caso, de las anomalías o funcionamiento defectuoso que se puedan originar en las entidades colaboradoras en la recaudación, |
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