NOTIFICAR LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN.
La Administración debe notificar la propuesta de resolución al obligado tributario y le concederá un plazo de 10 días contados a partir del siguiente al de la notificación de dicha propuesta, para que efectúe alegaciones y aporte la documentación que considere oportuna.Legislación
Artículo 145 RD 1065/2007 RGPGI. Procedimiento de rectificación censal.Siguiente: Alegar y aportar documentación
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