Plazo para notificar la resolución sobre comprobación domicilio fiscal

PLAZO PARA NOTIFICAR LA RESOLUCIÓN.


    El plazo para notificar la resolución es de seis meses. Deberá ser motivada. El plazo para resolver se cuenta desde la fecha de notificación del acuerdo de inicio. A los solos efectos de entender cumplida la obligación de notificar dentro del plazo máximo de duración, será suficiente acreditar que se ha realizado un intento de notificación que contenga el texto íntegro de la resolución, conforme a los apartados 1 y 2 del artículo 104 de la Ley General Tributaria y el apartado 1 del artículo 150 del Reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria.

Legislación



Artículo 104 Ley 58/2003 LGT. Plazos de resolución y efectos de la falta de resolución expresa.   
Artículo 150 RD 1065/2007 RGPGI. Terminación del procedimiento de comprobación del domicilio fiscal.

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