Modelo 111 Retenciones e ingresos a cuenta.
El Modelo 111 relativo a retenciones e ingresos a cuenta es un modelo que debe presentarse de forma periódica por las personas físicas, jurídicas y resto de entidades (también AAPP), previstas en el artículo 76 RD 439/2007 que, obligadas a retener o ingresar según dispone el artículo 74 del Reglamento, satisfagan o abonen determinadas rentas.Plazo de presentación
Plazo de prescripción
La STS 460/2020, de 18 de mayo, se pronunció sobre el plazo de prescripción del Modelo 111 en relación con el modelo 190 (resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta), entendiendo que la presentación del Modelo 190 no interrumpe el plazo de prescripción de 4 años (artículos 66 y 67 LGT) del Modelo 111. Este plazo de 4 años se computa desde el día siguiente al que finaliza el plazo en periodo voluntario de su presentación (primeros 20 días naturales de cada mes o trimestre).Reglas sobre cómputo del plazo de prescripción
- En los plazos por días. En este tipo de casos, el artículo 30.2 LPAC prevé que cuando, expresamente, los plazos se establezcan por días deben entenderse días hábiles; de los cuales se excluirán los sábados, domingos y los declarados festivos. Cuestión distinta es cuando en las propias órdenes por las que se aprueban los distintos modelos haga referencia expresa a días naturales, no operando los días hábiles en el sentido previsto en el artículo señalado.
- En los plazos por meses o años. El Tribunal Supremo (ATS 7780/2023), en referencia a STS recurso 7813/2003, recuerda que, en el cómputo de plazos por meses o años, el plazo de prescripción que debe tenerse en cuenta es de fecha a fecha, como hemos comentado con anterioridad.
Infracciones asociadas
El hecho de no presentar en plazo este Modelo 111, al tratarse de una autoliquidación, podría ser consderado como una infracción del artículo 198.1 LGT. Esta infracción tendrá la consideración de leve y su sanción consistirá en una multa pecuniaria fija de 200 euros o, si se trata de declaraciones censales o la relativa a la comunicación de la designación del representante de personas o entidades cuando así lo establezca la normativa, de 400 euros.Caducidad plazo para iniciar un procedimiento sancionador
Según dispone el artículo 209 LGT, aquellos procedimientos sancionadores que procedan de una declaración, verificación de datos, comprobación limitada o de una inspección, deberán iniciarse dentro del plazo máximo de 6 meses desde que se notificó (o se entendiese notificada) la liquidación o resolución del procedimiento.Comentarios
Infracción por no presentar en plazo autoliquidaciones o declaraciones sin perjuicio económico para la AEAT.Formularios
Escrito alegando la Prescripción del Derecho de la Administración a determinar la Deuda.Escrito alegando la Prescripción del Derecho de la Administración a exigir el pago.Modelo de Recurso de Reposición en Procedimiento Sancionador.Modelo de Reclamación Económico-Administrativa en Procedimiento Sancionador.Jurisprudencia y Doctrina
Auto Tribunal Supremo ATS 7780/2023. Reglas sobre el cómputo de plazos de prescripción.STS 460/2020. La presentación del modelo 190 no interrumpe el plazo de prescripción de 4 años del modelo 111.Siguiente: Prescripción. Modelo 111
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