PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE LA TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA
Únicamente se entiende que los obligados tributarios promueven la Tasación Pericial Contradictoria si los motivos de oposición a la valoración sólo se refieren a la cuantificación de sus elementos técnicos, salvo que el obligado tributario manifieste expresamente que no desea promover la Tasación Pericial Contradictoria, sino la impugnación del acto administrativo, de conformidad con el artículo 161 RD 1065/2007.Legislación
Artículo 161 RD 1065/2007 RGPGI. Iniciación y tramitación del procedimiento de tasación pericial contradictoria.Jurisprudencia y Doctrina
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