Recurrir la inadmisión de la solicitud de aplazamiento y fraccionamiento.

RECURRIR LA INADMISIÓN DE LA SOLICITUD DE APLAZAMIENTO Y FRACCIONAMIENTO


    El artículo 65 de la Ley 58/2003, General Tributaria (LGT), regula la posibilidad de solicitar el aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias; estableciéndose el procedimiento para tramitar la solicitud en los artículos 44 a 54 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

    La solicitud del contribuyente puede ser inadmitida o denegada por la Administración Tributaria.
Inadmisión de la solicitud de aplazamiento y fraccionamiento.

    La admisión o inadmisión a trámite de las solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos es un primer filtro que realiza la Administración para decidir si somete a estudio la petición del contribuyente.

    Si se inadmite la solicitud es como si la misma no se hubiera presentado. Sin embargo, que se admita no supone, sin más, que el aplazamiento o fraccionamiento sea concedido; tan solo implica que la Administración va a estudiar la solicitud y va a resolver sobre la misma, estimándola o denengándola.

    El artículo 47 del Real Decreto 939/2005 establece que las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento serán inadmitidas en los siguientes casos:

  1. Cuando la deuda no sea aplazable, de conformidad con el apartado 2 del artículo 65 de la Ley 58/2003, General Tributaria (LGT).

  2. Cuando, encontrándose la deudas en periodo voluntario de ingreso o de presentación de las correspondientes autoliquidaciones, no se haya solicitado el aplazamiento o fraccionamiento dentro del plazo fijado para el ingreso.

  3. En el caso de deudas resultantes de autoliquidaciones presentadas fuera de plazo, cuando la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento NO se presente junto con la autoliquidación extemporánea.

  4. Cuando la solicitud no reúna los requisitos previstos, o no vaya acompañada de los documentos establecidos.

  5. Cuando la autoliquidación haya sido presentada habiéndose iniciado con anterioridad un procedimiento de inspección que hubiera quedado suspendido de acuerdo con lo previsto en el artículo 150.3.a) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, siempre que la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento se refiera a conceptos y periodos afectados por la causa de suspensión respecto de los que se haya remitido conocimiento a la jurisdicción competente o al Ministerio Fiscal.

  6. Cuando sean reiterativas de otras anteriores que hayan sido objeto de denegación previa implicará su inadmisión cuando no contengan modificación sustancial respecto de la solicitud previamente denegada y, en particular, cuando dicha reiteración tenga por finalidad dilatar, dificultar o impedir el desarrollo de la gestión recaudatoria.

    La inadmisión implicará que la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento se tenga por no presentada a todos los efectos.


    Contra el acuerdo de inadmisión el contribuyente puede interponer recurso de reposición o reclamación económica-administrativa, en los que tendrá que acreditar que no concurre el motivo o los motivos de inadmisión que alegue la Administración Tributaria.

Comentarios



Pasos para aplazar una deuda tributaria ante la AEAT.
Recurrir la denegación de la solicitud de aplazamiento y fraccionamiento.

Legislación



Art. 65 Ley 58/2003 LGT. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
Art. 44 RD 939/2005 RGR. Aplazamiento y fraccionamiento del pago.
Art. 47 RD 939/2005 RGR. Inadmisión de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento.
Art. 51 RD 939/2005 RGR. Tramitación de solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos.
Art. 52 RD 939/2005 RGR. Resolución de solicitudes de aplazamientos y fraccionamientos.

Formularios



Modelo de recurso de reposición frente a la inadmisión de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento.
Modelo de Reclamación económico-administrativa frente a la inadmisión de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento  

Jurisprudencia y Doctrina



Consulta vinculante V2361-22. Solicitar un segundo aplazamiento de deuda cuando, inicialmente, ya fue denegado.
Resolución 03453/2019 TEAC. Inicio procedimiento apremio previa resolución aplazamiento
Resolución 00341/2018 TEAC. Denegación solicitud de aplazamiento por sociedad disuelta en liquidación.
Resolución 07001/2016 TEAC. Consecuencias de denegación de aplazamiento y efectos de nueva solicitud.

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