Requerir documentación sobre datos censales

REQUERIR DOCUMENTACIÓN.


    La Administración puede requerir:

    a) La presentación de declaraciones censales: de alta, modificación o baja según proceda de acuerdo con la situación del obligado tributario.

    b) La aportación de la documentación que deba acompañar a las declaraciones censales.

    c) La subsanación de los defectos advertidos.

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Aportar pruebas en vía administrativa aunque no se aporten en el requerimiento de información de la AEAT.

Jurisprudencia y Doctrina



Resolución TEAC 08923/2022. Unificación criterio sobre aportación de prueba en vía administrativa.
STS 1362/2018. Sin actitud abusiva o maliciosa puede aportarse prueba posteriormente al requerimiento de la AEAT.
STS 684/2017. Es posible aportar pruebas no aportadas antes del requerimiento de la AEAT en recurso o reclamación.

Siguiente: Incorporar de oficio datos que deban figurar en los censos.

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