Requerir documentación sobre datos censales

REQUERIR DOCUMENTACIÓN.


    La Administración puede requerir:

    a) La presentación de declaraciones censales: de alta, modificación o baja según proceda de acuerdo con la situación del obligado tributario.

    b) La aportación de la documentación que deba acompañar a las declaraciones censales.

    c) La subsanación de los defectos advertidos.

Comentarios



Aportar pruebas en vía administrativa aunque no se aporten en el requerimiento de información de la AEAT.

Jurisprudencia



Resolución TEAC 08923/2022. Unificación criterio sobre aportación de prueba en vía administrativa.
STS 1362/2018. Sin actitud abusiva o maliciosa puede aportarse prueba posteriormente al requerimiento de la AEAT.
STS 684/2017. Es posible aportar pruebas no aportadas antes del requerimiento de la AEAT en recurso o reclamación.

Siguiente: Incorporar de oficio datos que deban figurar en los censos.

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