TRÁMITES DEL PROCEDIMIENTO

Jurisprudencia
Trámites del Procedimiento

DEFECTOS


Nº Resolución: TEAC 00/2656/2005
Se declaran inadmisibles las reclamaciones económico-administrativas acumuladas referidas a providencias de apremio dictadas como consecuencia del impago de sanciones de tráfico.
Nº Resolución: TEAC 00/2779/2002
Procede desestimar el recurso incidental y confirmar la providencia de archivo de actuaciones, al no subsanar el reclamante en el plazo preceptivo los defectos del escrito de interposición.


PRESCRIPCIÓN


Nº Resolución: TEAC 00/115/2001
No se produce prescripción de la acción para exigir la deuda tributaria a los herederos (hijos de uno de los reclamantes que ha fallecido) por no habérseles comunicado la resolución, ya que existen actos que interrumpieron el derecho a liquidar.
Nº Resolución: TEAC 00/556/2009
La interposición de un recurso de reposición o de una reclamación económico-administrativa interrumpen la prescripción, pero sicuando se interponen ya se había producido la prescripción del derecho de la Administración a liquidar.
Nº Resolución: TEAC 00/1644/2006
Se produce la prescripción en vía económico-administrativa, pues desde la presentación de alegaciones a la notificación del fallo pasaron más de cuatro años.
Nº Resolución: TEAC 00/2695/2009
Interrupción de la prescripción: son interruptivas las actuaciones del procedimiento económico-administrativo y las del procedimiento de comprobación. Art. 68.1 de la Ley 58/2003, General Tributaria.


TÉRMINOS Y PLAZOS


Nº Resolución: TEAC 00/01053/2017
Plazo para solicitar la ejecución de una resolución administrativa.
Nº Resolución: STC 52/2014
Constitucionalidad del precepto legal relativo al plazo para interponer recurso contencioso-administrativo frente a actos presuntos. El Recurso contra el silencio administrativo no está sujeto a plazo de caducidad.
Nº Resolución: TEAC 00/1257/2009
Procedimientos tributarios. Recursos. Plazo para la interposición de recursos en los casos de desestimación presunta por silencio administrativo.
Nº Resolución: TEAC 00/1985/2007
Plazo de interposición de la reclamación. Artículo 235.1 de la LGT (Ley 58/2003). Recurso de alzada interpuesto por el destinatario de una actuación de repercusión contra resolución de un TEAR de una reclamación interpuesta por el sujeto pasivo que repercutió, en la que se confirma dicha actuación de repercusión.
Nº Resolución: TEAC 00/2022/2009
La presentación de un escrito posterior al de alegaciones que se presenta a los efectos del artículo 239.7 de la Ley 58/2003 tiene eficacia interruptiva de la prescripción.
Nº Resolución: TEAC 00/2284/2009
Procedimiento de verificación de datos. Caducidad por transcurso de más de seis meses. Posibilidad de iniciar un nuevo procedimiento. Principio de conservación de actuaciones. Prescripción.
Nº Resolución: TEAC 00/2642/2007
Según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 223 de la LGT (Ley 58/2003) el recurso de reposición debe interponerse en el plazo de un mes "contado a partir del día siguiente al de la notificación" del acto que se impugna.
Nº Resolución: TEAC 00/2910/2005
Procedimiento abreviado ante órganos unipersonales. Se inadmite por extemporánea la reclamación interpuesta al haber transcurrido el plazo de un mes desde la fecha de notificación del acuerdo impugnado.
Nº Resolución: TEAC 00/3155/2006
Los artículos 235.1 y 241.1 de la LGT (Ley 58/2003) han establecido para la presentación, respectivamente, de reclamaciones y recursos en vía económico administrativa, el plazo de un mes "contado desde el día siguiente al de la notificación" del acto que se impugna.
Nº Resolución: TEAC 00/3309/2009
Revisión en vía administrativa. Reclamaciones económico-administrativas. Plazo para la interposición de la reclamación económico-administrativa contra un acto presunto.
Nº Resolución: TEAC 00/3513/2007
Se desestiman los recursos de anulación, ya que las resoluciones declararon acertadamente la extemporaneidad de las reclamaciones económico-administrativas, al interponerse pasado el plazo de un mes previsto en el artículo 235.1 de la LGT (Ley 58/2003).
Nº Resolución: TEAC 00/3988/2006
La reclamación económico-administrativa se ha interpuesto fuera del plazo de un mes establecido en el artículo 235.1 de la LGT (Ley 58/2003)
Nº Resolución: TEAC 00/4250/2004
Plazo de ejecución resolución que acuerda la reducción de una sanción. El plazo de ejecución es el previsto en el artículo 66.2 RGVA, esto es el plazo de un mes.
Nº Resolución: TEAC 00/4442/2004
El plazo de interposición del recurso de alzada ante el TEAC para las reclamaciones interpuestas conforme a la LGT (Ley 58/2003) es de un mes, computándose de fecha a fecha, iniciándose el día siguiente al de la notificación del acto y concluyendo el día correlativo del mes siguiente a dicha notificación.


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