Cuentas Anuales: Errores frecuentes en el Certificado de Aprobación que hemos de corregir.
Normalmente, para la presentación de las Cuentas Anuales en el Registro Mercantil competente por razón de domicilio, nos toRecuerde que:
Aunque la sociedad no haya realizado actividad mercantil alguna al cierre de un ejercicio (sociedad inactiva), la sociedad está obligada a presentar cuentas anuales en el Registro Mercantil.CONTENIDO
La certificación debe incluir las siguientes menciones:- Denominación de la entidad.
- Lugar de celebración.
- El acuerdo de aprobación de las cuentas y de la aplicación del resultado.
- Hacer mención a que la sociedad puede formular las cuentas en formato Pyme - Abreviado y no está obligada a que sean sometidas a verificación de auditor ni a elaborar el Informe de Gestión de conformidad con los artículos 257, 258, 261, y 263 del RDL 1/2010, de 2 Julio, texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
- Si fuese el caso, expresar la certeza o acreditación de la correlación entre las cuentas depositadas y las cuentas auditadas.
- Mayoría con la que son aprobadas las cuentas (ordinaria, unanimidad, etc.)
- Caso de que las cuentas se presenten en formato digital, identificar el código alfanumérico que corresponde con las cuentas presentadas y que viene consignado en la huella digital que debe ser debidamente firmada y presentada conjuntamente con las cuentas anuales.
- Expresión de que las cuentas y, en su caso, el informe de gestión, han sido firmados por todos los administradores o, en caso, la causa de que falte alguna firma.
- Las sociedades inactivas habrán de hacer constar esta circunstancia.
FECHAS A CONSIGNAR CORRECTAMENTE
Hemos de conocer que, de acuerdo con el artículo 279 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (RDL 1/2010) y el artículo 365 del Reglamento del Registro Mercantil (Real Decreto 1784/1996), los administradores de la sociedad deben depositar las cuentas anuales (además del informe de gestión e informe de auditoría si fuese el caso) en el Registro Mercantil del domicilio social dentro del MES SIGUIENTE a la aprobación de las cuentas. Pues bien, este hecho resulta un aspecto fundamental y sobre el que tenemos que prestar especial atención, a la hora de indicar en el Certificado de Aprobación de las Cuentas Anuales las fechas en que se produce la formulación y aprobación de las cuentas, pues éstas determinarán el plazo de depósito de las mismas. Recordemos que disponemos de:- 3 meses para la formulación de cuentas contados a partir del cierre del ejercicio social; es decir, hasta el 30 de marzo del año siguiente si el ejercicio económico coincide con el año natural.
- 6 meses para aprobar en la Junta y decidir la distribución del resultado; hasta el 30 de junio del año siguiente si el ejercicio económico coincide con el año natural.
- 1 mes para presentar las cuentas anuales, es decir, hasta el 30 de julio del año siguiente si el ejercicio económico coincide con el año natural.
FIRMAS OBLIGATORIAS.
Recuerde que:
Ya NO es necesario legitimar la firma del/de los Administrador/es en Notaría.Formularios
- Modelos de cuentas anuales.- Modelos de certificación de la aprobación de las cuentas anuales.- Modelo de memoria PYME.En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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