Deducción Cantabria. Por nacimiento y adopción de hijos.

Por nacimiento y adopción de hijos. Cantabria 2024


Cuantía y ámbito temporal de aplicación de la deducción


La cantidad de 1.400 euros por nacimiento o adopción de hijos, aplicables  en el ejercicio en que se hayan producido y en los dos ejercicios siguientes.

Requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción


  1. Que los nacimientos y adopciones se hayan producido a partir del 1 de enero de 2024.

  2. En caso de declaración individual la deducción se prorrateará por mitad a cada progenitor o adoptante.

    Cuando uno de los progenitores no tenga derecho a la aplicación de la deducción (por ejemplo, por haber residido en otra Comunidad Autonómica) procederá el prorrateo por mitad al progenitor con derecho a su aplicación.

Esta deducción resulta compatible con la aplicación de la deducción por maternidad prevista en el artículo 81 y en la disposición transitoria trigésima séptima de la Ley del IRPF. Asimismo, también resulta compatible con la aplicación de la deducción autonómica Por cuidado de familiares cuando ambas hagan referencia a hijos menores de 3 años con un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65 por 100, resultando incompatibles en el resto de supuestos.


La incompatibilidad entre las 2 deducciones, que se produce cuando ambas hacen referencia a los mismos hijos, con la única excepción citada, operará en el año de nacimiento o adopción y en los dos ejercicios posteriores.



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