Deducciones por pago intereses préstamos por adquisición de vivienda por jóvenes menores de 30 años. Deducciones Autonómicas del IRPF. Madrid.

Pago intereses préstamos por adquisición de vivienda por jóvenes menores de 30 años. Comunidad de Madrid 2024



Los contribuyentes residentes en la Comunidad de Madrid, con una edad inferior a 30 años, podrán deducirse el 25 por 100 de los intereses satisfechos durante el período impositivo por préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición de la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente, con un límite máximo de la deducción de 1.031 euros, tanto en tributación individual como en tributación conjunta.


En caso de que sólo uno de los propietarios cumpla dicha circunstancia de edad a lo largo del periodo impositivo, será este contribuyente el único que pueda aplicar la deducción en ese periodo impositivo por las cantidades que haya satisfecho correspondientes a su cuota de titularidad en la vivienda.

La deducción resultará aplicable por los intereses satisfechos hasta el mes anterior a aquel en el que el contribuyente cumpla los 30 años de edad.


   Esta deducción resulta incompatible con la aplicación de la deducción autonómica Por el incremento de los costes de la financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés.


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