LÍMITE EN LA APLICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN
El artículo 69 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, establece el límite que tendrán los contribuyentes a la hora de aplicarse la deducción por inversión en bienes del Patrimonio Histórico Español y Mundial. Concretamente, la base de la deducción por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y del Patrimonio Mundial no podrá superar el 10% de la base liquidable del ejercicio. Límite al que se le suman los recogidos en el apartado 2 del artículo 68 de la Ley 35/2006.Legislación
Art. 68 Ley 35/2006 LIRPF. Deducciones.Art. 69 Ley 35/2006 LIRPF. Límites de determinadas deducciones.Siguiente: Deducciones en el IRPF por inversiones en Canarias.
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